—Sin impuesto sobre la renta mundial para no residentes
—Sin impuesto sobre plusvalías ni sucesiones
—La residencia fiscal es distinta de la ciudadanía
Impuesto sobre la renta — sí, con un tramo exento
Como Granada y Dominica, y a diferencia de San Cristóbal y Antigua, Santa Lucía sí aplica un impuesto sobre la renta. Los primeros 25 400 EC$ (unos 9 400 $) están exentos, y luego se aplican tipos progresivos hasta un máximo del 30 %. A los no residentes solo se les grava la renta de fuente luciana, así que un pasaporte sin residencia no grava su renta mundial — pero hacerse residente sí introduce el impuesto sobre la renta.
Impuesto de sociedades
Las sociedades residentes pagan un impuesto de sociedades del 30 % sobre su beneficio, lo que sitúa a Santa Lucía en la parte alta regional para sociedades y, como sus vecinas, la hace más adecuada para particulares que para sociedades operativas activas.
Fiscalidad indirecta (IVA)
Un impuesto sobre el valor añadido (IVA) se aplica a un tipo estándar del 12,5 % — más bajo que varios vecinos caribeños — con tipos reducidos o cero para algunas categorías, además de aranceles. El gasto cotidiano tributa aunque la renta extranjera de un no residente no lo haga.
Lo que no se grava
No hay impuesto sobre plusvalías ni de sucesiones, ni impuesto sobre el patrimonio. La tenencia y transmisión de patrimonio personal no tributa, aun donde la renta pueda tributar para residentes.
La ciudadanía no es residencia fiscal
Un pasaporte de Santa Lucía no le hace residente fiscal ni termina obligaciones con un país que grava por ciudadanía, como Estados Unidos. Lea la línea de residencia fiscal en nuestra guía sobre segunda ciudadanía e impuestos, sopese los cinco programas en nuestro comparador y la región en la ciudadanía caribeña por inversión. Si la prioridad es cero impuesto sobre la renta, San Cristóbal o Antigua encajan mejor. Vea nuestra metodología sobre la verificación de cada cifra.