Residencia pasiva de Andorra (residencia sin actividad lucrativa)
- Plazo de tramitación
- 2–4 meses
- Presencia física
- Al menos 90 días al año de presencia física en Andorra. Es un requisito real — la residencia pasiva no es un estatus solo sobre el papel.
- Familia
- El cónyuge o pareja y los hijos dependientes pueden incluirse, y ascendientes dependientes en algunos casos, cada uno sujeto al expediente de inmigración y, en su caso, a depósitos adicionales de la AFA.
Vías de inversión
Capital fijo
Desde €1 000 000
- Capital
- Reembolsable
Desde la reforma de principios de 2026, al menos 1 000 000 € invertidos en activos andorranos — inmobiliario, participaciones en sociedades andorranas, deuda pública andorrana, o un depósito sin intereses en la AFA (la autoridad financiera). El capital es recuperable si desinvierte y se marcha; el depósito de la AFA se devuelve al terminar la residencia. Las opciones con mucho inmobiliario exigirían un mínimo superior — confirme el desglose vigente con el Govern.
Límites e inconvenientes
- Es residencia, no ciudadanía. Andorra no tiene programa de ciudadanía por inversión; la naturalización lleva unos veinte años y Andorra no permite la doble nacionalidad.
- La reforma de 2026 subió la inversión de 600 000 a 1 000 000 € e introdujo cuotas anuales, así que una plaza no está garantizada aunque pueda invertir — confirme la disponibilidad de cuota con el Govern.
- Exige una presencia real de 90 días al año y no da acceso Schengen sin visado, al estar Andorra fuera del espacio Schengen.
- Los subimportes exactos tras la reforma (depósito de la AFA y posible mínimo inmobiliario) varían entre fuentes secundarias; considérelos provisionales y confirme las cantidades vigentes con el Govern d’Andorra antes de actuar.